viernes, 31 de enero de 2014

Diferencias entre administradores mancomunados y administradores solidarios

Preguntas y Respuestas 6.-

El administrador de una sociedad limitada va a dirigir el negocio, hablamos por tanto de la persona que toma las decisiones y que, representa a la sociedad frente a terceros. Ya que una sociedad puede tener uno o varios administradores, en el segundo caso se nos presentan dos opciones:

1. Administradores solidarios, cualquiera de ellos puede tomar decisiones o firmar documentos de forma independiente al resto.
2. Administradores mancomunados, quienes toman decisiones y firman documentos, contratos, etc. de manera conjunta para que estos tengan plena validez.


¿Qué figura es la más adecuada? Esto está en función de la confianza entre los socios, de si el desarrollo de la actividad genera ciertas responsabilidades y otras muchas variantes, por lo que es necesario estudiar cada caso en concreto para tomar la decisión adecuada. Si tienen alguna duda, consúltenos.



viernes, 24 de enero de 2014

Bases mínimas y máximas para autónomos en 2014

Novedades aplicables a partir de enero de 2014: 

Para 2014 la base mínima de autónomos es de 875,70 euros y la máxima de  3.597,00 euros. Lo que nos da una cuota a pagar de 261,83 euros y 1075,50 euros respectivamente (los autónomos pagan una cuota básica del x por ciento, salvo que se adhieran a la protección por cese de actividad o a la protección IT que elevaría el porcentaje a x).

Los trabajadores autónomos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2014, sólo podrán incrementar la base de cotización hasta el límite de 1.926,60 euros mensuales. En la actualidad se tienen en cuenta los últimos 25 años de cotización para la pensión por jubilación.

*Excepción: Para los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que en algún momento de cada ejercicio económico y de manera simultánea hayan tenido contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez, la base mínima de cotización para el ejercicio siguiente tendrá una cuantía igual a la correspondiente para los trabajadores encuadrados en el grupo de cotización 1 del Régimen General (No se aplicará a los nuevos autónomos que lleven 12 meses o menos de alta).

Sigue en estudio la posibilidad de que mensualmente los autónomos puedan modificar su base de cotización y en consecuencia la cuota a pagar.

Se prolonga la retención sobre rendimientos de actividades profesionales del 21% (del 9% para los 3 primeros años de actividad). Estaba previsto que desde enero 2014 este tipo de retenciones volvieran a su nivel anterior, antes de las medidas extraordinarias que se tomaron para aumentar la recaudación, pero no es posible volver a esas retenciones del 19%-7%.

*Atención: Desde enero 2014, Hacienda endurece las condiciones para conceder este tipo de aplazamientos y el criterio general será de no concesión de los mismos.

¡Gracias por leer y hasta la próxima!

viernes, 17 de enero de 2014

¿Cuánto tiempo dispone hacienda para devolver el IVA a mi empresa?

Preguntas frecuentes 6.-

Nuestra empresa tiene pendiente una devolución de IVA del año 2012 por una cantidad importante, ¿Qué plazo tiene hacienda para efectuar la devolución? ¿Qué podemos hacer para agilizar esa devolución? 


Hacienda tiene 6 meses para proceder a la devolución de IVA, a contar desde el día siguiente al de finalización del periodo voluntario de liquidación. No obstante si Hacienda tarda más de estos 6 meses, deberá remunerarles con un interés del 5% anual por demora en la devolución. Les aconsejamos que se personen en su administración de hacienda, en la sección de IVA, con el fin de que les aclaren en qué fase se encuentra el expediente.


¡Gracias por leer!